Resumen:
Hace casi cincuenta años fue reconocido en México –y
elevado a rango constitucional- el derecho a la información, y desde
entonces, mucho se ha discutido respecto a la importancia que
reviste el establecimiento de políticas de Comunicación Social, en el
sentido de definir las grandes líneas de acción informativas, así
como la responsabilidad y consecuente participación de los distintos
sectores que intervienen en dicho proceso, a saber: gobierno,
medios de comunicación y población (Flores, 2017). Hoy, a la vuelta
de tantas décadas, continúan sin definirse claramente dichas
políticas de comunicación social, y la legislación en la materia sigue
siendo por demás insuficiente, ya que, como consecuencia de la
orden que dio el 15 de noviembre de 2017 la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, al Congreso de la Unión, en el sentido de
legislar en la materia a la brevedad, a seis semanas de que se agote el
plazo, el Partido Revolucionario Institucional -en el poder-, apoyado
por los partidos Nueva Alianza y Verde Ecologista de México,
presentó la propuesta titulada “Iniciativa de Decreto por el que se
expide la Ley General de Comunicación Social”, misma que ha sido
duramente criticada, al considerar que “legaliza malas prácticas que
abren la puerta a la sobreexposición de funcionarios y hasta el
desvío de pagos a medios”, según lo señaló Ana Cristina Ruelas,
Directora General para México y Centroamérica de Artículo 19
(Ángel, 2018)39. Asimismo, se define a la comunicación social, de
manera ambigua.